¿Y SI CREO UNA NUEVA EMPRESA?, ¿ O UN GRUPO DE EMPRESAS?, ¿DEL TIPO PATRIMONIAL?, ¿SOCIEDAD DE INVERSIÓN?, ¿HOLDING?,…
Una reestructuración societaria permite, como mínimo:
Configurar el patrimonio futuro para que, llegado el momento tanto el patrimonio personal como el familiar estén salvaguardados.
Conseguir mayores beneficios económicos y fiscales sin asumir mayores riesgos de los que la ley obliga a asumir.
Lograr estabilidad diversificando los riesgos de forma considerable.
Pero empresarios y empresarias propietarias de pequeñas empresas, y también de empresas medianas, se encuentran presos en la Trampa Operativa. Fíjese que ahora me estoy refiriendo a OPERATIVA y en el título aparece CORPORATIVA. No es un error, paso a definirlas por separado porque son diferentes:
TRAMPA OPERATIVA**, es en la que cae la dirección de una empresa cuando la realidad del día a día no le permite parar, coger aire, reflexionar y pensar en la necesidad de incorporar apoyos externos que ayuden en el oficio de dirigir la empresa, incorporando así talento en la organización para que la mejora organizativa, profesionalización o el alcance de determinados objetivos suceda.
Es un concepto a tener en cuenta en el funcionamiento DIARIO de la empresa.
Le llamo TRAMPA CORPORATIVA a la consecuencia de haber caído durante largo espacio de tiempo en la anterior trampa pero ahora la caída es más profunda porque las consecuencias son mucho peores. Es la que se da cuando los propietarios (no necesariamente directivos) de una empresa llegan a una situación en la cual no han restructurado convenientemente la o las sociedades mercantiles por estar dedicados exclusivamente a su funcionamiento.
La Trampa Corporativa es un concepto a tener en cuenta en el planteamiento ESTRUCTURAL de la empresa.
Un empresario que se preocupa de tener la mejor estructura societaria lo suele hacer sólo porque tiene ante si un cambio transcendental en su vida, y en numerosas ocasiones porque se encuentra en la etapa inmediata a su “retirada”. Esto es un error porque suele ser demasiado tarde para no acarrear inconvenientes y grandes desperdicios de energías por depender en mayor medida de lo que ocurre a su alrededor. Me refiero sobre todo a lo que ocurre en el entorno familiar (hijos, cónyuges, ...) y a los socios implicados, lo cuales no siempre intervienen en el funcionamiento pero, siempre, siempre, siempre, influyen en el planteamiento.
La solución pasa por planificar el futuro comenzando por el inmediato futuro, es decir, anticiparse a los hechos que se van a producir año a año, ejercicio a ejercicio fiscal, comenzando por un estudio detallado de la actividad económica desarrollada hoy por el empresario y por la empresa, y a partir del cual se planté la reestructuración encaminada a conseguir una adecuada estructura societaria. Las alternativas posibles son siempre trajes a medida para la situación concreta y son aplicables según la idoneidad jurídica y fiscal del momento.
“Si usted no cae en la trampa operativa lo más probable es que tampoco caiga en la corporativa ”,
este es un consejo que podría aconsejar cualquier propietari@ de empresa multinacional pero hoy en día son soluciones asequibles y necesarias en empresas de cualquier tamaño.
Un problema de funcionamiento normalmente tiene solución. Cuando el problema es de planteamiento ya poco se puede hacer.
(**) Concepto extraído del libro -Liderar para el bien común-, de Luis Huete y Javier García LID Editorial empresarial 2015
Más información en Normativa y medidas tributarias, patrimoniales, financieras y administrativas: Ley General Tributaria, IRPF, IVA, Impuesto sobre el patrimonio (Ley 19/1991), y en Extremadura, Decreto Legislativo 1/2018, de 10 abril, texto refundido de las disposiciones legales de la comunidad autónoma de Extremadura en materia de tributos cedidos por el Estado (en vigor desde el 24 abril de 2018, DOE 23.05.18).
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